
La propuesta definitiva de la convocatoria municipal de subvenciones para proyectos de acción social de 2026 cubre íntegramente las solicitudes admitidas y obliga a las entidades beneficiarias a justificar los gastos antes del 18 de noviembre de 2026. Además, las ayudas de 60.000 euros o más deberán ir acompañadas de un informe de auditor externo.
El Ayuntamiento de Torrevieja repartirá 962.465 euros entre 16 asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro del municipio. La cantidad figura en la nueva propuesta de resolución definitiva formulada por la Comisión Técnica de Evaluación y Valoración el pasado 4 de agosto, después de corregir un error material detectado en la propuesta aprobada el 21 de julio, que afectaba al importe asignado a Afecáncer.
La convocatoria nació con un crédito inicial de 800.000 euros, pero posteriormente el Ayuntamiento aprobó dos ampliaciones presupuestarias: una de 135.204 euros y otra de 27.260 euros. De este modo, la dotación final asciende a 962.465 euros, exactamente la misma cantidad que suma el reparto propuesto.
Uno de los aspectos más destacados de la resolución es que todas las entidades reciben el importe solicitado. No se han aplicado reducciones sobre las solicitudes admitidas, algo poco habitual en este tipo de convocatorias, ya que normalmente existen ajustes en función de los gastos considerados subvencionables.
La subvención cubre hasta el 80 % del proyecto
Las ayudas municipales no financian el coste íntegro de los proyectos. Las bases establecen que la subvención no puede superar el 80 % del presupuesto total, por lo que el 20 % restante debe ser aportado por cada entidad mediante fondos propios o financiación procedente de otras administraciones o entidades privadas.
Cinco asociaciones reciben el importe máximo previsto en esta convocatoria, con 90.000 euros cada una:
Entre las ayudas de mayor cuantía también figuran:
Algunas de estas entidades cuentan además con otros apoyos municipales al margen de esta convocatoria. Es el caso de ADIEM, que ha recibido una cesión de suelo y otra subvención para la construcción de nuevas instalaciones, o de la Asociación Alzheimer, para la que se impulsa un nuevo centro de día.
Justificación y auditoría externa
Las entidades solicitaron al Ayuntamiento poder disponer anticipadamente de las ayudas para ejecutar los proyectos, aunque posteriormente deberán justificar todos los gastos realizados.
El plazo para presentar la documentación finaliza el 18 de noviembre de 2026, salvo que se acuerde una ampliación. Si la justificación no se presenta dentro del plazo establecido, el Ayuntamiento deberá requerirla y conceder un periodo improrrogable de 15 días. La falta de justificación podrá conllevar el reintegro de la subvención y las responsabilidades que correspondan.
La revisión de la documentación corresponderá al órgano gestor de ONG y Voluntariado, que verificará tanto los aspectos económicos como los técnicos. Posteriormente, el expediente deberá ser fiscalizado por la Intervención Municipal antes de su aprobación definitiva.
Las bases establecen una diferencia importante a partir de los 60.000 euros de subvención. Los proyectos que reciban una ayuda igual o superior a esa cantidad deberán presentar una cuenta justificativa acompañada de un informe de auditor externo, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. Las entidades que perciban menos de ese importe podrán recurrir voluntariamente a este sistema, aunque no estarán obligadas.
En este sentido, Afecáncer (59.996 euros) y AMFA (59.200 euros) quedan justo por debajo del umbral que obliga a presentar auditoría externa.
Los gastos subvencionables incluyen todos aquellos necesarios para desarrollar los proyectos, siempre que se hayan devengado durante 2026 y estén abonados antes de la finalización del plazo de justificación. Entre ellos se encuentran gastos de personal, nóminas, seguros sociales, IRPF, contratación de servicios, alquileres, suministros, telefonía, internet, limpieza, seguros, transporte, alquiler de vehículos para la actividad, mantenimiento informático, página web, publicidad, asesoría, gestoría y auditoría, esta última hasta un máximo del 10 % del coste del proyecto.
También podrán financiarse materiales fungibles, alimentos, productos destinados a bancos de alimentos y artículos de alimentación o farmacia, siempre que estén directamente vinculados al desarrollo de los programas sociales subvencionados.

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