
La convocatoria está destinada a las familias con hijos nacidos o adoptados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
Las solicitudes podrán presentarse desde mañana jueves, 23 de julio, hasta el 2 de septiembre, tanto por sede electrónica como presencialmente.
Las personas beneficiarias deberán contar con una antigüedad mínima de tres años ininterrumpidos en el padrón municipal de Torrevieja.
El concejal de Bienestar Social, Familia, Convivencia e Integración del Ayuntamiento de Torrevieja, Óscar Urtasun, informa de que hoy miércoles, 22 de julio, ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (BOP) el extracto de la convocatoria municipal de ayudas por nacimiento y adopción correspondiente a la anualidad 2026.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará mañana jueves, 23 de julio, y permanecerá abierto hasta el miércoles, 2 de septiembre, ambos inclusive. La cuantía de la prestación será de 450 euros por cada hijo o hija nacido o adoptado.
La convocatoria está destinada a los nacimientos producidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, así como a las adopciones cuya resolución se haya dictado durante ese mismo periodo. En los casos de parto múltiple se podrá solicitar y percibir una ayuda de 450 euros por cada hijo nacido.
PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS
Podrán solicitar estas ayudas los matrimonios, parejas de hecho y familias monoparentales, así como las personas titulares del libro de familia o que dispongan del correspondiente certificado de nacimiento.
Entre los principales requisitos establecidos se encuentran:
En los supuestos de nulidad, separación o divorcio, la persona beneficiaria será el progenitor que tenga atribuida la custodia del menor. En caso de custodia compartida, la ayuda se distribuirá al 50 % entre ambos progenitores. Por un mismo menor únicamente podrá resultar beneficiaria una de las dos personas progenitoras o adoptantes, en nombre propio o en representación de la unidad de convivencia.
No podrán acogerse a la convocatoria las personas progenitoras privadas total o parcialmente de la patria potestad, ni aquellas cuyos hijos estén bajo la tutela de una institución pública.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes podrán tramitarse preferentemente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja, mediante el procedimiento específico denominado “Solicitud de ayudas por nacimiento”, cumplimentando el formulario y adjuntando la documentación obligatoria.
Los impresos también estarán disponibles en las dependencias de la Concejalía de Bienestar Social para su presentación en el Registro de Entrada (PROP).
La solicitud deberá ir acompañada obligatoriamente de la siguiente documentación:
Los datos relativos al padrón municipal y al cumplimiento de las obligaciones con el Ayuntamiento serán comprobados de oficio por la Administración municipal.
Las ayudas se concederán por cumplimiento de los requisitos establecidos y siguiendo estrictamente el orden de entrada de las solicitudes, hasta agotar el crédito presupuestario consignado.
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